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 ÚLTIMA HORA.
 25/10/2005: TRAS LA SEQUÍA, LLEGAN LAS GOTERAS.
 
Madrid, 24 de Octubre de 2.005. Las lluvias de otoño, además de comenzar a paliar el problema de la sequía, están sirviendo para que aparezcan goteras y humedades. Hay personas que han habitando viviendas de nueva construcción desde hace casi un año sin que sobre ellas hubiera caído ni un chaparrón y es ahora cuando descubren, con espanto, que el agua moja sus techos o penetra por las ventanas.

ADEPROVI quiere recomendar a quien se encuentre en esta situación que comience las gestiones para solucionar el problema de inmediato por varias razones: en primer lugar, porque el agua es un elemento que puede dañar mucho una construcción; paredes, cimientos, etc. constantemente húmedos suponen un deterioro muy serio para un edificio; a ello hay que añadir que, en ocasiones, no es fácil determinar cual es el origen o la causa del problema.

Además, no podemos perder de vista que para poder reclamar por defectos de construcción en una vivienda nueva el problema debe aparecer en el plazo de un año si el defecto es de "acabado", en tres años para problemas de habitabilidad y en diez para los estructurales. Tratándose de agua, podemos encontrarnos ante un problema de cualquiera de los tres tipos, por ejemplo, desde mala colocación de un impermeabilizante en el tejado que se arregla con una mañana de trabajo hasta un mal aislamiento de los cimientos que se ven afectados por una permanente bolsa de agua.

Por ello, recomendamos, ahora mas que nunca, que haga su reclamación de forma fehaciente lo antes posible.
 23/02/2005: Estudio ADEPROVI 2004
 Realizado con las 4.856 llamadas atendidas en 2004
En Madrid, a 8 de Febrero de 2.005. Presentamos a continuación las conclusiones del estudio realizado con las 4.856 llamadas telefónicas atendidas en ADEPROVI a lo largo del año 2.004 efectuadas por compradores de vivienda de nueva construcción que exponían sus quejas respecto a los inmuebles entregados.

Aunque en todos los casos contabilizados se trata de incumplimientos contractuales, desde el punto de vista jurídico, a los efectos de este estudio consideraremos "incumplimientos" los casos en los que lo entregado a los compradores no coincidía con lo que éstos creían haber comprado y denominaremos "deficiencias" a aquellos casos en los que la vivienda entregada sí se ajustaba, en principio, a lo ofertado pero presentaba defectos en la ejecución.

No se incluyen otros tipos de incumplimientos contractuales tales como retrasos en la entrega (a pesar de su frecuencia), falta de entrega de documentación a posteriori (Libro del Edificio), no constitución del preceptivo aval, etc.

Comenzaremos con los incumplimientos contractuales.

I. INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES.

Se trata de supuestos en los que la vivienda se vendió sobre plano, antes de la construcción, y el comprador tuvo que determinar las características de su vivienda basándose en la documentación aportada por la entidad vendedora (Memoria de Calidades, planos, publicidad…). Cuando las viviendas fueron entregadas, los adquirentes quedaron absolutamente insatisfechos con la vivienda, puesto que la idea que tenían de la misma no coincidía con lo entregado.

Las quejas mas frecuentes por este apartado fueron las siguientes:
  1. Superficie menor a la esperada. 44%
  2. Instalación de elementos accesorios no móviles de manera inapropiada, tales como radiadores o sanitarios. 21%
  3. Existencia de elementos arquitectónicos no previstos, tales como columnas o vigas. 17%
  4. Garajes: imposibilidad de utilizar la plaza de aparcamiento adquirida con normalidad porque las dimensiones de la misma eran menores a las esperadas o porque la entrada, salida o maniobras de aparcamiento eran muy dificultosas cuando no imposibles. 10%
  5. Ubicación de la vivienda en el conjunto del que forma parte (bloque de pisos, hilera de viviendas unifamiliares adosadas, etc.) en lugar no deseado como, por ejemplo, orientación hacia carretera, junto a cuarto de maquinaria o contadores, etc. 5%
  6. Alteración sustancial de la distribución de la vivienda, por ejemplo, supresión de un dormitorio, conversión de un espacio cuadrado en otro triangular, etc. 1%
  7. Otros como techos abuhardillados donde se esperaban lisos, ventanas de menor dimensión, etc. 3%
CONCLUSIONES SOBRE INCUMPLIMIENTOS

De estos resultados, de las manifestaciones de los compradores y de la documentación estudiada en ADEPROVI, se llega a la conclusión de que las compraventas de viviendas siguen estando deficientemente documentadas, a pesar de que la legislación es clara y tajante al respecto (ver Real Decreto 515/1989, de 21 de Abril sobre protección de los consumidores).

En este sentido queremos destacar que la confusión respecto al tamaño de la vivienda se produce, en muchas ocasiones, porque en la documentación entregada al posible comprador aparecen los metros construidos de la vivienda pero no los "útiles" y son muchas las personas que desconocen la diferencia entre unos y otros.

Igualmente señalaremos que van aumentando las quejas respecto a la ubicación de elementos accesorios pero no móviles. Esto puede ser debido a que el menor tamaño de las viviendas hace que la distribución incorrecta de estos elementos afecte seriamente a la utilidad y utilización de los espacios; por ejemplo, un radiador colocado de forma inadecuada en un dormitorio de 8 metros cuadrados puede imposibilitar la colocación de una cama de 1.35. Recordamos la obligatoriedad de facilitar información respecto a estos elementos.

II. DEFICIENCIAS

En este apartado también estamos ante compraventas de viviendas sobre planos pero las quejas vienen motivadas porque la vivienda entregada presenta defectos en cuanto a su ejecución o en cuanto a la calidad de los materiales empleados. Como hemos dicho, desde el punto de vista jurídico, estas deficiencias también son incumplimientos contractuales pero, para mayor simplificación de este análisis, se han diferenciado de los anteriores.
  1. Humedades producidas por filtraciones a través del suelo, de fachadas, de cubiertas o de vanos mal aislados. 57%
  2. Defectos de los suelos de madera (agrietamientos, separaciones ente junturas, etc.) 18%
  3. Aislamiento deficiente. 15%
  4. Alicatados mal ejecutados 7%
  5. Otros: pintura con defectos, puertas arañadas, manchas y suciedad imposible de eliminar etc. 3%
CONCLUSIONES SOBRE DEFICIENCIAS

Esta claro que las quejas que han llegado a ADEPROVI son, fundamentalmente las de mayor gravedad: los pequeños defectos de remate suelen ser reparados por las vendedoras o por el propio usuario a quien no le compensa la pérdida de tiempo y dinero que supone su reclamación.

Resaltamos como especialmente preocupante el tema de las humedades, ya que suele ser un problema de cierta gravedad y de solución costosa. En ocasiones, resulta de entrada bastante dificultoso tan sólo el averiguar cual es su origen.

También destacaremos el aumento de los defectos debidos a la falta de calidad en la ejecución de los trabajos, probablemente, por falta de mano de obra suficientemente cualificada (por ejemplo, buenos soladores, yeseros, etc.).

CONCLUSIONES

Parece claro que el aumento en el precio de la vivienda no se ha correspondido con un aumento proporcional en la calidad de la misma, puesto que las quejas van aumentando año a año.

Una vez mas, en ADEPROVI queremos recordar a los futuros compradores de vivienda sobre plano que tienen reconocidos por ley importantes derechos en cuanto a la información que las promotoras deben facilitar pero que nadie puede hacer que estos derechos se cumplan si el propio consumidor no los exige. Puesto que la vivienda que estamos comprando no existe, es importantísimo que tengamos especificadas sus características mediante la documentación oportuna. Si la promotora pone pegas para cumplir con la legalidad vigente ANTES de la venta, imaginemos lo que puede ocurrir DESPUÉS de la venta.

Por último, sabemos que supone un esfuerzo el reclamar pero animamos a todos a hacerlo puesto que, al final, veremos la recompensa.
 20/01/2005: NUEVO ACUERDO
 ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE ADEPROVI Y AEADE
ADEPROVI y A.E.A.D.E. (Asociación Española de Arbitraje de Derecho y Equidad) han llegado a un acuerdo de colaboración cuyo objetivo es dar a conocer y fomentar el arbitraje como forma para agilizar la resolución de conflictos entre propietarios e inquilinos.

Este acuerdo entre las dos Asociaciones es una buena noticia para todos, ya que puede ayudar a reactivar el mercado de alquileres. Es sabido que uno de los principales motivos por los que hay pocas viviendas en el mercado de alquiler es el miedo de los propietarios a los impagos y los destrozos y, si es necesario, a tener que afrontar un procedimiento judicial caro, cuya resolución vía Sentencia puede tardar mas de un año. Pues bien, el arbitraje es una herramienta jurídica alternativa al procedimiento judicial con la ventaja fundamental de que acorta radicalmente los plazos. A.E.A.D.E. se compromete a dictar un laudo (el equivalente a la Sentencia judicial) en un plazo no superior a 60 días desde la presentación de la demanda arbitral. Este laudo es, posteriormente, ejecutado por los Juzgados ordinarios como si de una Sentencia "normal" se tratara. Además, este acortamiento de plazos va acompañado de un abaratamiento en los costes de reclamación.
 20/01/2005: NUEVA DELEGACIÓN
 NUEVA DELEGACIÓN DE ADEPROVI EN SEVILLA.
Tenemos el placer de informar que ADEPROVI cuenta, a partir de este año 2.005, con la colaboración del prestigioso despacho "Soto&Asociados". El conocido Abogado sevillano D. Álvaro Soto lidera un completo equipo formado por juristas con una larga trayectoria profesional en el campo del Derecho relacionado con la propiedad inmobiliaria, en general, y con el de la vivienda en particular.

Además de tener a su alcance un asesoramiento jurídico de altísima calidad, a través de esta nueva Delegación, los sevillanos podrán acceder a otros profesionales que pueden ser de gran ayuda para determinados problemas (Arquitectos, Auditores, etc.).

Aprovechamos para recordar a los asociados sevillanos, que por medio del despacho "Soto&Asociados" dispondrán, igualmente, de los servicios de todas las demás Delegaciones de ADEPROVI lo que facilitará la resolución de asuntos relacionados con la vivienda en lugares alejados de Sevilla, evitando desplazamientos y costes innecesarios.
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